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PERSPECTIVAS E INSTITUCIONES DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA ARGENTINA POST CRISIS SANITARIA Y ECONÓMICA por José Armando Caro Figueroa*

Con-Texto | 22 agosto, 2020

 

 “P. ¿Y cómo se combate a los que representan la oscuridad del presente? R. Exigiendo más democracia, pasos en pro de más democracia: caminando adelante, no hacia atrás. Con nuevas conquistas de libertad. Y eso se hace a base de presión en la calle. Las grandes reformas se consiguen porque la calle las demanda: no se regalan y nunca vienen desde el hemiciclo, jamás ha ocurrido eso”. (ÉRIC VUILLARD – Reportaje El País de 7 de agosto de 2020”.

 

I.- ¿QUÉ ESTA SUCEDIENDO EN MATERIA DE EMPLEO Y SALARIOS?

Según datos oficiales de mayo de 2020, la crisis destruyó 409.000 empleos registrados (o sea, empleos con garantías de estabilidad y seguros sociales).

Además, los trabajadores perdieron cerca del 10% del poder de compra de sus salarios.

La Mega Crisis se afrontó con instituciones creadas en los 90 (seguro de desempleo, suspensiones remuneradas -LCT 223, bis- , seguro de riesgos del trabajo, contratación eventual, rebaja de cargas sociales).

Tambien con medidas de emergencia (ATP, IFE, prohibición de despedir o suspender sin justa causa).

II.- EL MARCO GLOBAL Y REGIONAL

La recuperación del empleo y de la producción dependerá -es casi obvio- de la marcha de la economía.

En realidad, y antes que nada, dependerá del modo cómo se resuelva la reconfiguración económica que está en marcha a escala planetaria, y también fronteras adentro.

III.- LA TENTACION DE REGRESAR AL PASADO

En la Argentina los grandes actores que definen las reglas de la Producción y del Empleo (factores que marchan íntimamente vinculados) podrían plantearse la reconstrucción gradual de la ecuación existente antes de la Mega Crisis.

Y existe una alta probabilidad de que sea esto lo que suceda, dadas las tendencias ancestrales que mueven a aquellos grandes actores y a vastos sectores de la opinión pública argentina.

Dentro de esta hipótesis de futuro, volveríamos todos (trabajadores, productores, expertos, beneficiarios de prestaciones sociales, habitantes de la zona núcleo y del Interior profundo y empobrecido) a vivir experiencias muy conocidas.

Vale decir: regresaríamos a las innumerables y desordenadas pujas distributivas que nos son tan familiares. Luchas que bajo el epígrafe más técnico de conflicto distributivo estructural tan certeramente analiza Pablo GERCHUNOFF (“La paradoja Populista” – mayo de 2020).

Se trataría, una vez más, del regreso a un “pasado” diseñado previa selección de los componentes que sirvan a los intereses en juego[1].

IV.- EL SISTEMA ARGENTINO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Pero antes de avanzar en una especulación de futuro, creo imprescindible identificar las características de nuestro Sistema de Relaciones del Trabajo.

Tenemos en primer lugar, la contradicción entre la constitucionalmente proclamada Libertad Sindical (que incluye la democracia interna de las organizaciones obreras), y la realidad de un sistema con aristas corporativas y no democráticas.

Aparece en segundo lugar, una regulación estatal de las condiciones mínimas de trabajo forjada sobre modos de producir propios de la segunda revolución industrial.

El tercer pilar, es la negociación colectiva laboral, anclada (salvo excepciones) en 1975. Una actividad marcada por el centralismo unitario, excluyente y montada sobre solidaridades corporativas y no de clase[2].   

Uno podría preguntarse ¿cuáles son las virtudes o los trucos que explican la permanencia de estas reglas tan antiguas y, además, tan poco exitosas en el largo ciclo histórico casi centenario?

Una primera hipótesis (muy utilizada entre nuestros expertos pese a colindar con la mitología) es que los trabajadores argentinos disfrutan de condiciones de trabajo, salario y de seguridad social óptimas.

Pero, a estas alturas, está muy claro que esta hipótesis es, por sobre todas las cosas, un elemento de propaganda.

A mi modo de ver, la persistencia de nuestro Sistema de Relaciones Sindicales y del Trabajo tiene mucho que ver con el Pacto No Escrito que vigilan y hacen cumplir la gran patronal argentina y los grandes sindicatos. Y la habilidad con que estos dos grandes actores se mueven en los diversos escenarios políticos[3].

El intercambio central de este Pacto puede enunciarse así: El patronato defiende el orden sindical (que incluye el manejo de los cuantiosos recursos que recaudan las obras sociales), y la cúpula sindical defiende el modelo de capitalismo autárquico y prebendario. Y ambos resisten a la “marea roja”,

Por extraño que pudiera parecer, la inflación contribuye a consolidar este Pacto y hace reverdecer a la negociación colectiva laboral centrada en la puja contra la inflación.

El vigente sistema sociolaboral tiene dos variables de ajuste: a) La masa de trabajo no registrado; y, b) Los programas asistenciales que alimentan a los regímenes clientelares del Norte y del Conurbano (Acerca del el impacto de las políticas asistenciales sobre la perpetuación en el poder de los señores feudales del Norte, puede leerse a Carlos GERVASONI[4]).  

V.- REFORMAR EL ESTADO Y EL MERCADO

La profundidad de la Mega Crisis -que es sanitaria, económica, social y de propuestas-, pudiera abrir caminos, otorgar peso y protagonismo, a las demandas de reformas estructurales que apunten a modificar las bases del modelo económico y laboral esbozado en los años de 1930, consolidado en la década siguiente, y culminado en tiempos de Onganía[5].

Como sabemos, las demandas de reformas estructurales están cargada de ideologismos, de intereses abiertos y ocultos. Integran un espacio casi infinito, que alienta el protagonismo de los “ingenieros institucionales”.

Mi punto de vista es el siguiente:

Las reformas estructurales que se promuevan o lleven a cabo han de enmarcarse, en primer lugar, dentro de nuestro bloque constitucional, federal y cosmopolita. Y, en segundo término, dentro de exigentes criterios de equidad y eficacia.

O sea, no creo en la legitimidad de las reformas hechas para ampliar las ganancias de los empleadores o reforzar su poder de dirección. Reformas que, además y muy probablemente, habrían de resultar ineficaces.

Una reforma pensada para reducir salarios o incrementar jornadas, o diseñada a la medida de los jerarcas que pelean por espacios dentro del anacrónico “mapa sindical” (lo que los laboralistas llamamos encuadramiento), tampoco parece encajar con las exigencias de una sociedad democrática y cuya Constitución proclama la necesidad de condiciones dignas y equitativas de labor. O, lo que es lo mismo, de trabajo decente.

Una de las grandes preguntas operativas es la siguiente: ¿Quiénes deberían ser los actores de las reformas estructurales? Dando por sentada la necesidad de debates abiertos y de convalidación parlamentaria, pienso que son las fuerzas políticas (y no los actores sociales tradicionales) las encargadas de abordar este desafío.

Pero, inmediatamente después añado  que este protagonismo de la Política está muy lejos del horizonte contemporáneo donde los actores políticos están divorciados o, en su caso, prefieren ceder el protagonismo a sus aliados sindical y patronal.

Tres breves apuntes antes de finalizar este capítulo.

El primero tiene que ver con el teletrabajo, recientemente mal regulado (a mi entender) por el Congreso de la Nación. Pienso que no es adecuado reproducir reglas del derecho de trabajo tradicional buscando consolidar el “estatuto único” (que pudo resultar beneficioso en la antigua sociedad industrial, pero que hoy es impracticable). Deberíamos pensar en la realidad del teletrabajo y garantizar los Derechos Fundamentales del trabajo y de la persona del trabajador. Un límite infranqueable debería ser la compatibilidad del teletrabajo con la vida familiar y privad del trabajador.

El segundo es fruto de mi experiencia contemporánea como abogado laboralista en Salta. En mi provincia suena a sarcasmo hablar de “industria del juicio”. En realidad, Salta (y muchas áreas del Norte Grande argentino) es una verdadera zona franca laboral. Una zona sin derechos, sin inspección del trabajo, con una justicia laboral morosa y guiada por los principios del derecho civil, que sigue pensando que los Derechos Fundamentales son meramente programáticos.

El tercero (referido al impacto de la llamada economía colaborativa sobre el mundo del trabajo) queda para otra oportunidad.  

VI.- DIEZ REFORMAS ESTRUCTURALES EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES LABORALES Y SINDICALES

Señalo, como preámbulo, la necesidad de hablar, simultáneamente y en paralelo, de todas las reformas estructurales que la Argentina necesita (tributaria, aduanera, federal, sanitaria, educativa, monetaria, crediticia, de conectividad).

Dicho esto, me centraré en el área de mi conocimiento. Para enunciar algunas de las reformas estructurales sociolaborales que estimo necesarias:

1.- Garantizar la Libertad Sindical y promover la democratización y federalización de la representación de los trabajadores.

2.- Garantizar los Derechos Fundamentales de la persona en el trabajo (Véase GOLDIN, “Configuración Teórica del Derecho del Trabajo”, 2017[6]).

3.- Garantizar el derecho de los trabajadores a acceder a la información necesaria para la negociación colectiva y los controles de legalidad.

4.- Reformular el sistema de fuentes normativas laborales (vale decir, redefinir los modos de articular las normas del bloque constitucional, federal y cosmopolita con las leyes y decretos ordinarios y con los frutos de la autonomía colectiva[7]).

5.- Dejar librado el ejercicio del Derecho de Huelga a las pautas que marca el Comité de Libertad Sindical de la OIT.

6.- Separar la propiedad y gestión de las Obras Sociales  de la estructura sindical, democratizando su funcionamiento e insertándolas dentro de un Sistema Nacional Integrado de Salud.

7.- Reformar el régimen de despido, sin perjuicio de la garantía constitucional contra el despido arbitrario.

8.- Reducir la duración de la jornada máxima de trabajo y habilitar la negociación colectiva de nuevas formas de distribución del tiempo de trabajo.

9.- Aprobar un régimen integral de Contrato de Trabajo para las micro y pequeñas empresas.

10.- Reformar la Ley de Higiene y Seguridad en el trabajo[8]

VII.- MEDIDAS DE TRANSICIÓN PARA HACER FRENTE A LAS CONSECUENCIAS INMEDIATAS DE LA MEGA CRISIS

Mientras ponemos en marcha el Programa de Reformas Estructurales, hará falta reordenar y completar las instituciones previstas para situaciones de crisis (fondo de empleo y desempleo, fondo de garantía salarial, procedimiento preventivo de crisis), así como los programas aprobados en lo que va del año para la emergencia (ATP, IFE, rebaja de cargas sociales).

El Gobierno y los actores sociales deberían celebrar un Acuerdo Tripartito que contemple (junto a medidas de índole económica y social) una suerte de Protocolo quinquenal para la Negociación Colectiva que contemple el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios y la mejora de las remuneraciones en función del empleo, la productividad y de las ganancias. Este Acuerdo debería contemplar, además, formas de “desenganche” pactadas en las unidades menores de la negociación colectiva. Sobre este punto, estimo imprescindible leer el reciente trabajo de Pablo GERCHUNOFF “La Paradoja Populista” (mayo de 2020).

Hace falta también adoptar medidas internacionales contra el dumping social, y medidas nacionales y regionales contra el trabajo no registrado, que refuercen la responsabilidad de las empresas que contratan o subcontratan con terceros empleadores.

Salta, 7 de agosto de 2020 

*Socio del Club Político Argentino

 


[1] Este diseño excluye, por ejemplo, los acuerdos y conclusiones del Congreso Nacional de la Productividad y del Bienestar, de 1954, o las propuestas de un Sistema Nacional Integrado de Salud).

[2] Que en los tiempos modernos se ve dinamizada por las aspiraciones (cíclicamente) alejadas de lo que la economía puede ofrecer (GERCHUNOFF). Estas aspiraciones colectivas son encauzadas y potenciadas por los sindicatos a través de los canales institucionales de la Ley 14.250. Los acuerdos salariales de camioneros y aceiteros, ejemplifican la solidaridad corporativa a la que me refiero en el texto.

[3] La historia de las relaciones de cúpula entre la CGT y la UIA (y sus adherentes) muestra varios acuerdos (escritos y no escritos) para presionar a gobiernos o tejer alternativas puramente políticas. Recuerdo de memoria coincidencias contra las políticas del presidente Alfonsín, por ejemplo.

[4] “Democracia y autoritarismo en las provincias argentinas” (Revista APORTES).

[5] La Ley de Obras Sociales de Onganía 18.610 (1970)

[6] En 2017 Adrián afirmaba, con autoridad, que el Derecho del Trabajo en encaminaba rumbo a un “destino incierto”. La Mega Crisis que vivimos no ha hecho sino acentuar esta incertidumbre tendencial.

[7] Fomentar, por ejemplo, la articulación y renovación de la Negociación Colectiva Laboral, admitiendo la disponibilidad colectiva de ciertas normas que no afecten a los derechos fundamentales, garantizando a los trabajadores el derecho a la información, reintroduciendo el concepto de masa salarial, y facilitando los convenios de eficacia limitada.

[8] Estableciendo, entre otras mejoras, la responsabilidad civil y penal de los empleadores en caso de dolo o culpa que provoquen accidentes de trabajo o enfermedades profesionales .

 

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